martes, 25 de enero de 2011

Interpretar la justicia

La Secretaria de Organización del Partido Socialista de Madrid, Trinidad Rollán ha sido condenada a ocho de inhabilitación para cargo público junto a otros miembros de su equipo de gobierno en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz cuando era alcaldesa del mismo. El delito, haber tomado la decisión como alcaldesa de autorizar una operación urbanística que consideró beneficiosa para el pueblo que la eligió para eso, para mejorar sus vidas.

Es una consecuencia de cómo nos vimos obligados a crear un Estado de Derecho tras cuarenta años de dictadura caracterizada por el caos administrativo y el clientelismo de las administraciones del franquismo. Nos tuvimos que dotar de un sistema que pretende ser garantista, y por eso se instituyeron figuras administrativas dotadas de la autoridad legal para ejecutar los mandatos gubernamentales. Función que exige, por encima de todo, la máxima honestidad, independencia e imparcialidad, requisitos indispensables para la labor que se encomienda a estos altos funcionarios públicos.

¿Pero qué pasa cuando uno de estos funcionarios, cuya plaza no se discute, utiliza esa potestad para entorpecer e incluso dinamitar la acción de gobierno? Es lo que ocurrió en el Ayuntamiento de Torrejón, cuyo secretario, Saturio Hernández, decidió utilizar su potestad de emitir informes de carácter vinculante para boicotear un proyecto que ha dado una vivienda digna a 107 familias del pueblo, además de dotar a este de otra gran cantidad de inmuebles sin que ello haya supuesto un pelotazo al estilo que estamos acostumbrados a ver en los consistorios gobernados por la derecha. Una operación en la que ninguna sucesión de sospechosos ceros en los cheques (o en los sobres) puede adjudicarse a nadie, y mucho menos a los miembros de la corporación municipal. Es decir, una forma de urbanismo que pone en evidencia a otras que no lo hacen de forma razonada y social, sino con la única finalidad del enriquecimiento exprés y desmesurado. Tal fuera eso lo que llevó al secretario de Torrejón de Ardoz a declarar en un informe emitido a iniciativa propia que la operación podía no ser legal. Una opinión que otros juristas consultados no compartieron, lo que hace dudar si la intencionalidad del secretario cuando decidió emitirlo no es otra que impedir lo que, en puridad, es una decisión política que no le corresponde tomar. En todo caso, sólo ejecutar. Pero que existiendo ese informe, aunque no se ajuste a la realidad, no podría haberse llevarse a cabo.

Es desde la acción política y de gobierno desde donde se administra el Estado. Trinidad Rollán y su equipo han sido condenados por tomar una decisión políticamente justa y acertada. El delito consiste en haberlo hecho en contra de un informe jurídico de dudosa veracidad. No haber tomado esa decisión hubiese supuesto la entrega del poder político a un funcionario que no está obligado a responder ante los ciudadanos por sus acciones. Es lo único que se condena, que el gobierno municipal decidió apostar por el bienestar de sus ciudadanos, en contra de un informe que afirma, unilateralmente, que eso no es legal. La sentencia no entra a debatir si la operación era o no realmente legal -que es lo único que podría ser motivo de condena- a pesar de que la existencia de otros informes jurídicos que ponen en duda el del secretario municipal. No se condena la operación ni se pone en duda el beneficio que supuso para la población del pueblo. Mucho menos que supusiera el más mínimo perjuicio para nadie.

Habrá que esperar a que se pronuncie el Tribunal Supremo. Si el poder del funcionario comisionado para ejecutar las decisiones de quienes han sido democráticamente elegidos para tomarlas se utiliza, con el aval de esta sentencia, para vetar de facto proyectos de gobierno, entramos en una peligrosa deriva en la que sólo una fortaleza moral inquebrantable de esos funcionarios garantizará que los programas electorales se conviertan en realidad si estos no se compadecen con la ideología o los intereses personales de ese funcionario.

En esta tesitura, algunas decisiones se tornan arriesgadas para los que tienen el mandato popular para decidir. Una parte del desarrollo local y urbanístico de Torrejón de Ardoz vino por una decisión que ha beneficiado a cientos de ciudadanos y ciudadanas. Y por ello, y por una “cuestión de orden” -que no es otra cosa lo que se condena- una gran política de ideales progresistas y comprometida con el desarrollo de la sociedad ha sido condenada a ocho años de inhabilitación.

Es donde se la juegan los grandes políticos. Poniendo en riesgo, como la sentencia de este caso evidencia, su propia integridad política. Ninguna sentencia (ni siquiera la denuncia) ha podido acreditar una intencionalidad que no sea haber hecho lo que se consideraba mejor para Torrejón de Ardoz. Ni ánimo defraudador, ni oscurantismo, ni beneficios personales... Ni siquiera un negativo impacto medioambiental. Como ha dejado claro el secretario general del PSM, Tomás Gómez, “en este caso no ha habido corrupción ni un solo asunto de un solo euro”. Que algunos se hayan lanzado rápidamente a hablar de corrupción desde las mismas tribunas que tratan que quitar hierro a la trama Gürtel es una grotesca ironía de quienes han hecho de la prescripción de delitos la bandera de su presunta honestidad. Que otros quieran aprovechar la coyuntura para “enseñar la patita” no es más que oportunismo interesado. Son, por decirlo de alguna forma, maneras de “interpretar la Justicia”.